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 Caribbean Section
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 San Juan, PR 00940-0439
 (787) 726-8782
 FAX: (787) 982-7783

Reglas de USTA League Tennis y Clasificacion NTRP

Reglas de Liga Adultos/Super Seniors/Mixtos 2009

Las siguientes USTA League Regulations son las reglas oficiales de liga de la USTA, de la cual Puerto Rico pertenece a través de la Caribbean Section y la Puerto Rico Tennis Association (PRTA) es miembro. Para obtener estas reglas, favor hacer click aquí, Reglas de Liga Adultos/Seniors 2009 (USTA League Regulations 2009).

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Guía para Capitanes de Liga Adultos/ Súper Seniors y Mixtos para el 2009

SECCIÓN I. GENERAL

Este Reglamento aplicará al Programa de Ligas de Adultos, Seniors, Super Seniors y Mixtos e incluye las disposiciones locales bajo las cuales se regirán durante el 2008. Se aprueba de conformidad con la facultad que delega la United States Tennis Association(USTA) a la Sección del Caribe de la USTA (Caribbean Section) y a sus Distritos, en las reglas conocidas como las 2008 USTA League Tennis Regulations (Reglas de Liga USTA). Este Reglamento complementa las Reglas de Liga USTA y debe ser interpretado respetando y armonizando las Reglas de Liga USTA, Regla 1.08... para la guía completa, favor hacer click aquí: Guía de Capitanes 2009

Para accesar el Friend at Court 2009, haz un click aquí

 

Para una guía general de los diferentes niveles del jugador:

Guía de clasificación NTRP (Inglés)

Para información sobre  los encuentros requeridos para participar tanto en el campeonato seccional como en los campeonatos  nacionales:

 

2009 Matches Required to Advance

Para preguntas y respuestas más comunes sobre la liga USTA :

2009 Q&A Interpretations

Para información sobre apelaciones de clasificación NTRP:

Appeal Rating Form

Procedimiento para radicar querellas de USTA League Tennis

Formulario para radicar querellas de USTA League Tennis


Aviso a Capitanes

A tenor con la nueva interpretación provista por la USTA con relación a las reglas 5.01B(5) y 3.04A (esta última contenida en la cubierta posterior del libro de reglas 2009 USTA League Regulations) debe aclararse lo siguiente:

Un jugador de liga doble mixta no podrá ser descalificado en esa división por recibir 3 strikes en su clasificación NTRP, pero sí está sujeto a querellas de auto-eligibilidad (“self rate eligibility grievances”).

Si ese jugador resultó descalificado por NTRP, por haber recibido 3 strikes o por otra razón, cuando jugó ese año en la liga adulta o en la división “senior”, tendrá que jugar la liga doble mixta en la categoría superior en la que quedó descalificado, luego de la descalificación.

AVISOS IMPORTANTES PARA JUGADORES Y CAPITANES

Los “General and Experienced Players Guidelines Supplemental to the NTRP Guidelines”, publicadas en TennisLink por la USTA para el año 2008, para jugadores que vayan a auto-clasificarse (“self-rate”), disponen expresamente lo siguiente:

INDIVIDUALS WITH EXPIRED NTRP RATINGS WILL BE LIMITED

TO NO MORE THAN .5 BELOW THEIR LAST PUBLISHED RATING

Esta disposición es aplicable a todo jugador que vaya a participar en la liga de adultos, mixta o super-senior de 2008. Se recomienda que se siga estrictamente este criterio.

Cualquier jugador que se haya auto-clasificado más de medio punto por debajo de su último NTRP rating publicado, estará sujeto a ser descalificado, mediante querella a esos efectos que podrá ser iniciada por la Coordinadora de Liga, cualquier miembro del Comité de Liga, o cualquier capitán que presente querella a esos efectos. El Comité de Liga estará revisando a los jugadores auto-clasificados para corroborar que no se hayan auto-casificado más de medio punto por debajo de su última clasificación NTRP publicada.

Los jugadores descalificados tienen el derecho a apelar la descalificación una vez se les notifique, dentro del término que se disponga para ello. De sostenerse la descalificación en apelación, ellos o su capitán tendrán derecho a solicitar revisión de la descalificación ante el NTRP Review Committee, dentro del término de 48 horas de la notificación de la decisión en apelación. Esta revisión ante el NTRP Review Committee ES DE CARÁCTER LIMITADO, y solo se considerarán aquellas peticiones que se fundamenten en que la descalificación estuvo basada en información incorrecta o ausencia de información pertinente ( “missing or incorrect information”).

PERSONAS SUSPENDIDAS DEL PROGRAMA DE LIGA

Y TODO TORNEO SANCIONADO POR LA USTA

 

1. Sr. José Gesualdo- Suspensión por término indefinido, como jugador, capitán, co-capitán, entrenador ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: creación doble identidad de varios jugadores.

2. Sra. Sonia La Santa- Suspensión por un término de cinco(5) años como jugadora, capitana, co-capitana, entrenadora ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: participación y conocimiento como capitana de cambio de identidad de jugadoras que permitió que jugaran en una categoría inferior a la correspondiente.

3. Sra. Waleska Pierluisi t/c/c Waleska Almodovar. Suspensión de tres (3) años como jugadora en el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: cambiar su identidad y número de membresía que le permitió jugar en categoría inferior a la correspondiente.

4. Sra. Verónica Vélez: Suspensión de un (1) año como capitana, co-capitana, entrenadora ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: haber cumplimentado el formulario de auto-clasificación de otra jugadora en categoría inferior, a sabiendas de que había regresado como "benchmark nacional" en otra categoría.

5. Sra. Lillian M. Carbonell, t/c/c Lilliam Torres: Suspensión de dos (2) años como jugadora en el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: cambiar su identidad y número de membresía con el propósito de resultar con clasificación inferior a la correspondiente.

6. Ivelisse López t/c/c Mayra López, t/c/c Mayra López Bernardini: Suspensión de tres (3) años como jugadora en el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: cambiar su identidad y número de membresía con el propósito de resultar con una auto-clasificación en una categoría inferior a la correspondiente. Esta jugadora tendrá que jugar en 4.0.

7. Sra. Maribel Vázquez, t/c/c Meribel Iturralde t/c/c Mari Vicky: Suspensión de cinco (5) años como jugadora en el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: participación, en dos ocasiones, para cambiar su identidad y número de membresía con el propósito de resultar con una auto-clasificación en una categoría inferior a la correspondiente.

8. Sra. Roxana Sánchez: Suspensión de un (1) año como capitana, co-capitana, entrenadora ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: capitana designada, por un (1) año, del equipo en el que jugó una jugadora con identidad falsificada en una categoría inferior.

9. Sra. Elizabeth Paizán: Suspensión de dos (2) años como jugadora, capitana, co-capitana, entrenadora ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: capitana en el momento que se llevó a cabo cambio de identidad con el propósito de que jugaran en una categoría inferior a la que les correspondía.

10. Sr. Rafel Irizarry, t/c/c José Rafel Irizarry t/c/c Negui: Suspensión por un período de tres (3) años como jugador en el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: cambiar su identidad y número de membresía con el propósito de resultar con una auto-clasificación en una categoría inferior a la correspondiente. Finalizado el periodo de suspensión el jugador deberá comenzar a jugar en la categoría computadorizada de 4.0.

11. Sr. Javier Rodríguez: Suspensión por un (1) año como jugador, capitán, co-capitán, entrenador ("coach"), dirigente o en cualquier capacidad administrativa relacionada con el programa de liga USTA y cualquier torneo sancionado por la USTA. Conducta sancionada: capitán de jugador cambio de identidad para jugar en un equipo de categoría inferior al que le correspondía, y tenía conocimiento de que había jugado en categorías superiores.

II.

 

PERSONAS DESCALIFICADAS - QUERELLAS DE AUTO-CLASIFICACIÓN

 

1. Sra. Linda Seilhammer, t/c/c/ Linda Ananvonanadon, t/c/c Linda Anadón: Descalificada por haberse auto-clasificado más de 0.5 por debajo de su última clasificación publicada. Puede jugar 3.5.

2. Srta. Ivettemari Maymí: Descalificada por el cuestionario de auto-clasificación. Podrá jugar 4.0.

3. Sr. Guillermo Castillo Echevarría: Se descalificó al jugador por estar jugando fuera de la categoría. Podrá jugar 3.5.

4. Sr. Juan C. Monserrate: Se descalificó al jugador por estar jugando fuera de la categoría que le corresponde. El cuestionario de auto-clasificación no indicó que era jugador de una universidad independiente División II. Podrá jugar 3.5.

Están pendientes de adjudicación varias querellas de auto-clasificación ("self-rate") y de conducta.

Además, ha habido otras descalificaciones de jugadores por haber alcanzado tres "strikes" en el programa computadorizado de la USTA. Son éstos:

  1. Enerys García – subió de 3.0 a 3.5

  2. Jonathan Martínez – subió de 3.0 a 3.5

  3. Héctor Fernández – subió de 4.0 a 4.5

  4. Wiston Ruiz – subió de 4.5 a 5.0

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